El Instituto de Contadores de la Republica Dominicana (ICPARD), entidad profesional facultada por ley para regular en ejercicio contable en la Republica Dominicana ha emitido la Resolución 02 A 2010-04, Adopción e Implementación NIIF para PYMES, mediante la cual faculta a los profesionales de la contabilidad a usar en los estados financieros publicados por empresas dominicanas, el uso de esta norma, emitida por el IASB.
La Resolución es obligatoria para los estados financieros publicados a partir del 1 de enero del 2014. Transitoriamente el ICPARD faculta usar solo 23 de las 35 secciones de las NIIF Para PYMES, en caso de ¨confusión¨ o de situaciones no contempladas en estas normas alternativamente se pueden usar las disposiciones del Instituto o los USGAAP.
Las empresas que usan los USGAAP, pueden seguir usándolos hasta el 1 de enero de 2014
Esta Resolución es aplicable para las empresas que no cotizan en bolsa, según es el concepto de las NIIF para PYMES, pero no es aplicable para las empresas reguladas.
Mediante la Resolución 01 A 2010 04, Adopción e Implementación de las NIIF´S, faculta también el uso de las NIIF FULL, para ¨las empresas que están cotizando en la Bolsa de Valores de la República Dominicana Inc. y reguladas por la Superintendencia de Valores de la República Dominicana¨.
Las NIIF FULL, tienen el mismo periodo de aplicación y de transitoriedad que las NIIF para PYMES.
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:s todo es asi en este paisito!
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